Les comunicamos que el próximo 6 de abril comenzará el plazo para obtener y confirmar el borrador, así como para presentar la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) correspondiente al ejercicio 2.021 (1 de enero a 31 de diciembre).
El plazo de presentación de las declaraciones finaliza el próximo día 30 de Junio de 2.022, con excepción de aquellas para las que se solicite el pago con domiciliación bancaria (para éstas últimas el plazo termina el día 27 de junio).
En orden a proceder al análisis y presentación de su declaración dentro del referido plazo, les agradeceríamos que nos aportaran a la brevedad posible la siguiente documentación:
- SUELDOS Y PENSIONES: Certificados de rendimientos y retenciones del trabajo personal durante 021. (Estos certificados deben serles facilitados por la empresa donde trabajan o por la Seguridad Social).
CASO ESPECIAL TRABAJADORES EN GIBRALTAR: Sólo para los trabajadores en Gibraltar es necesario obtener un certificado expedido por la empresa en la que ha desempeñado la actividad laboral, en el que consten: ingresos, pagos a cuenta de Impuesto sobre la renta (impuesto retenido), contribuciones a la Seguridad Social y contribuciones a pensiones (tanto las contribuciones del empleador como las del empleado). Es muy importante la obtención del mismo y que nos lo haga llegar, ya que la Agencia Estatal Tributaria, está girando requerimientos para comprobar dichos datos y se hace necesario aportar dicho documento con carácter inexcusable. Desde Grupo Contasult recomendamos además, obtener dicho certificado para los ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, que continuamente estamos recibiendo requerimientos solicitando dicho documento. Además es necesario aportar las nóminas y los P7. En el caso en que se reciba requerimiento de Hacienda sin que tengamos la documentación solicitada, se cobrará la contestación del requerimiento de manera separada a la declaración de la renta.
- ACTIVIDAD PROFESIONAL POR CUENTA PROPIA (AUTÓNOMOS):
En caso de que esta asesoría tramitara durante 2.021 la contabilidad y la presentación de declaraciones trimestrales, no es necesario que nos aporten ninguna documentación. En caso contrario, necesitaríamos el modelo 130 del 4T de 2021 y la cuenta de pérdidas y ganancias de
- INTERESES DE CUENTAS CORRIENTES, DEPÓSITOS, DIVIDENDOS, VENTA DE ACCIONES (Rendimientos del capital mobiliario): Certificados de información fiscal correspondientes a 021 (su banco debe haberle enviado dicha información por correo, en caso de duda acudir a su entidad/es y solicitar un duplicado).
- COPIA DE LOS RECIBOS DE IBI (“Catastro”) DE LOS INMUEBLES DE LOS QUE FUESE PROPIETARIO EN 2.021. En caso de que haya tenido alquilado algún inmueble durante el ejercicio 2021, necesitaríamos la siguiente información:
- Periodo/s en que el inmueble ha estado alquilado a lo largo del año.
- Importe de la renta anual
- Facturas de los gastos invertidos en el inmueble y que hayan sido necesarios para la obtención de las rentas en concepto de alquiler (intereses de la hipoteca, IBI, cuotas de la comunidad de propietarios, reparaciones, etc…).
- Si el inmueble alquilado es un local de negocio: Certificado del inquilino sobre las rentas satisfechas y la retención
- GANANCIA PATRIMONIAL DERIVADA DE VENTA DE INMUEBLES. En caso de que haya vendido una vivienda/solar/garaje durante 2.021, la información requerida es la siguiente:
- Escrituras de adquisición y
- Facturas abonadas por la adquisición y venta (p.ej. Notaría, Registro de la Propiedad, comisiones inmobiliarias, honorarios legales…).
- HIPOTECAS: Si está pagando un préstamo hipotecario por la adquisición de su vivienda habitual (siempre y cuando tenga derecho a acogerse al régimen transitorio de la deducción por haberla adquirido antes del 31 de diciembre de 2012), necesitaremos la información fiscal facilitada por su banco sobre el capital y los intereses pagados durante 021.
- PLANES DE PENSIONES: Información fiscal de las cantidades aportadas a su plan de pensiones durante el ejercicio 2021.
- CUOTAS SATISFECHAS A SINDICATOS, COLEGIOS PROFESIONALES (p.ej. Colegio de Arquitectos…). Justificantes de abono.
- ASCENDIENTES A CARGO: Si convive con un ascendiente (padre o madre) cuyos rendimientos anuales no superen los 8.000,00 €, necesitaremos los datos personales del mismo (nombre, fecha de nacimiento y N.I.).
- DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD (Certificado de las percepciones).
- PRESTACIONES y SUBVENCIONES: Necesitaremos el certificado de todas las percepciones recibidas (prestación por desempleo, plan PIVE, subvenciones locales, autonómicas o estatales…).
- DATOS PERSONALES COMPLETOS (COPIA N.I.) DEL DECLARANTE, CÓNYUGE E HIJOS O EN SU CASO NOMBRE, FECHA DE NACIMIENTO, NÚMERO DE D.N.I. Y DOMICILIO.