En el mundo de la fiscalidad empresarial, uno de los aspectos que más dudas y controversias genera es la deducibilidad de los intereses de demora.

Estos intereses, que se generan por el incumplimiento de obligaciones tributarias en los plazos establecidos, representan una preocupación constante para las empresas que buscan optimizar su carga fiscal sin incurrir en infracciones.

En este artículo, exploramos la naturaleza y deducibilidad de estos intereses, proporcionando claridad sobre un tema crucial para la gestión financiera de su negocio.

 

¿Qué son los intereses de demora?

Según la Ley General Tributaria (Ley 58/2003), los intereses de demora son una prestación accesoria que se exige a los obligados tributarios como consecuencia de pagos fuera de plazo o la presentación de autoliquidaciones fuera del plazo establecido.

La finalidad de estos intereses es compensar al erario público por la falta de disponibilidad oportuna de los fondos necesarios para atender los gastos públicos, y no tienen naturaleza sancionadora, sino indemnizatoria.

 

Marco legal y sentencias relevantes

La Sentencia del Tribunal Constitucional 76/1990 clarificó que los intereses de demora no son una penalización, sino una compensación específica por el coste financiero que supone el retraso en el pago de una deuda tributaria.

De esta forma, estos intereses se consideran un gasto financiero.

Asimismo, la Ley del Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/2014), en su artículo 15.1, excluye de deducción los gastos relativos a «actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico».

Sin embargo, el Tribunal Supremo, en su Sentencia de 24 de julio de 2023, determinó que los intereses de demora no pueden ser considerados como tales actuaciones.

Esta sentencia enfatiza que los intereses de demora, al ser una obligación accesoria derivada del incumplimiento de una obligación principal, son deducibles fiscalmente, siempre que se cumplan con los requisitos de justificación, contabilización y correlación con los ingresos.

 

Requisitos para la deducibilidad

Para que los intereses de demora sean considerados gastos deducibles, deben cumplir ciertos requisitos establecidos por las normas tributarias:

  1. Justificación: es necesario que los intereses estén debidamente documentados.
  2. Contabilización: deben estar correctamente registrados en la contabilidad de la empresa.
  3. Correlación con los ingresos: debe existir una relación directa entre los intereses pagados y los ingresos de la empresa.

 

¿Necesitas asesoramiento? Cuenta con nosotros

La deducibilidad de los intereses de demora puede ser una herramienta eficaz para la gestión fiscal de su empresa, permitiendo compensar ciertos costes financieros y optimizar su carga tributaria.

No obstante, es fundamental asegurar que estos gastos cumplan con los requisitos legales para evitar problemas con la Administración Tributaria.

Si tienes dudas sobre la aplicación de estas normativas o necesitas asesoramiento especializado para gestionar los intereses de demora en su empresa, no dudes en contactarnos.

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