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Contasultagenciaadhoc2021-05-11T11:02:26+02:00

Propietarios de Viviendas Turísticas: El 1 de julio de 2025 entra en vigor un cambio clave en la normativa

A partir del 1 de julio de 2025, todos los propietarios de viviendas turísticas en España deberán contar con un Número de Registro Único (NRU) para poder anunciar sus propiedades en plataformas como Airbnb, Booking, Expedia y similares.

Este cambio forma parte de una nueva normativa nacional que busca regular, controlar y profesionalizar el alquiler vacacional en todo el territorio.

¿Qué es el NRU?

El Número de Registro Único es un identificador nacional obligatorio que servirá para:

  • Unificar el registro de viviendas turísticas en toda España.

  • Garantizar que los anuncios en plataformas digitales cumplan con la normativa.

  • Asegurar mayor transparencia y legalidad en el alquiler de corta duración.

🔒 Importante: Sin este número, no podrás anunciar legalmente tu propiedad.

¿Cómo se obtiene el NRU?

  1. El trámite se realiza online en la sede electrónica del Colegio de Registradores.

  2. Necesitarás certificado digital.

  3. Se deberá presentar documentación actualizada de la propiedad (título, referencia catastral, etc.).

Otros requisitos además del NRU

Contar con el NRU no es suficiente. Para alquilar legalmente, también se deben cumplir otras obligaciones clave:

1. Registro turístico autonómico

Cada comunidad autónoma exige que la vivienda esté inscrita en su registro de turismo regional.
🔹 Ejemplo: En Andalucía, se requiere estar inscrito en el Registro de Turismo con número VFT.

2. Licencia de uso turístico o declaración responsable

En algunas zonas es necesario tramitar una licencia municipal o haber presentado una declaración responsable ante el Ayuntamiento.

3. Requisitos técnicos y urbanísticos

La vivienda debe cumplir condiciones básicas de habitabilidad, seguridad, mobiliario, etc.
En muchos casos, también se exige compatibilidad urbanística.

4. Comunicación de viajeros a la policía

Es obligatorio estar dado de alta en Hospederías (Webpol o Guardia Civil) y enviar los datos de los huéspedes conforme a la Ley de Seguridad Ciudadana.

¿Qué pasa si no cumples?

  • 🛑 Multas de hasta 30.000 €

  • ❌ Retirada inmediata de tus anuncios en plataformas digitales

  • 🚫 Posible inhabilitación como alojamiento turístico

¿Eres propietario, gestor o empresa del sector?

Desde Grupo Contasult Asesores podemos ayudarte:

✅ Tramitación del NRU y registros autonómicos
✅ Asesoramiento legal y urbanístico
✅ Gestión integral de tu alojamiento turístico

📩 Contáctanos y evita sanciones. El cambio entra en vigor el 1 de julio de 2025.


Si necesitas ampliar información o recibir un asesoramiento personalizado, no dudes en contactar con nuestros especialistas a través de nuestra página web www.contasult.co

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