Exención por reinversión en vivienda habitual: ahora también puede aplicarse a posteriori
Un cambio de criterio clave que refuerza los derechos del contribuyente
El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), con el respaldo de la doctrina del Tribunal Supremo, ha confirmado un criterio de gran relevancia en materia de IRPF:
la exención por reinversión en vivienda habitual no es una opción tributaria, sino un derecho del contribuyente.
Este matiz, aparentemente técnico, tiene un impacto práctico muy relevante y corrige el enfoque tradicional que venía aplicando la Administración Tributaria.
📌 ¿Qué implica este nuevo criterio?
Hasta ahora, Hacienda venía entendiendo que la exención debía declararse expresamente en el ejercicio en el que se producía la venta del inmueble, negando su aplicación si no se había consignado en la autoliquidación.
Sin embargo, el TEAC aclara que:
- ✔ La exención puede solicitarse con posterioridad, aunque no se hubiera reflejado en la declaración del año de la venta.
- ✔ No se trata de una elección del contribuyente, sino del ejercicio de un derecho reconocido por la normativa.
🏠 Requisitos materiales que deben cumplirse
Para poder aplicar la exención, incluso a posteriori, deben concurrir los requisitos legales:
- Reinvertir total o parcialmente el importe obtenido en la venta.
- Realizar la reinversión en un plazo de dos años, anteriores o posteriores a la transmisión.
- Que la reinversión se destine a una nueva vivienda habitual.
Si estos requisitos se cumplen, el derecho a la exención permanece intacto.
🔄 ¿Qué puede hacer el contribuyente si no aplicó la exención en su día?
El nuevo criterio abre la puerta a:
- Solicitar la rectificación de la autoliquidación del IRPF.
- Reclamar la devolución de ingresos indebidos, en caso de haber tributado de más.
Este cambio refuerza la seguridad jurídica y supone una oportunidad relevante para contribuyentes que, por desconocimiento o error, no aplicaron la exención pese a cumplir las condiciones.
⚖️ Conclusión
La reciente doctrina del TEAC marca un antes y un después en la interpretación de la exención por reinversión en vivienda habitual.
Un enfoque más alineado con los derechos del contribuyente y con una fiscalidad que mira al fondo económico de las operaciones, no solo a la forma.
En nuestra firma analizamos cada caso de manera individual para identificar oportunidades de regularización y optimización fiscal conforme a los criterios más recientes.



