El trabajador no debe justificar las dietas ante Hacienda: le corresponde a la empresa
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha aclarado una cuestión clave para muchos trabajadores: no es su responsabilidad justificar las dietas ante Hacienda, sino que esa carga recae en la empresa.
Este fallo protege al empleado frente a requerimientos directos de la Agencia Tributaria cuando se trata de justificar desplazamientos y gastos por manutención o alojamiento.
¿Qué dice exactamente el Tribunal Supremo?
Según esta resolución, si la Administración sospecha que unas dietas o gastos de viaje no cumplen los requisitos para quedar exentos de IRPF, debe dirigirse al empleador, no al empleado. Es la empresa quien debe acreditar que esos pagos se hicieron por motivos laborales, especificando día y lugar del desplazamiento.
¿Por qué es importante esta sentencia?
Este criterio del Supremo establece que:
La carga de la prueba no recae en el trabajador.
Hacienda debe solicitar la justificación a la empresa, que es quien realiza el pago.
Esto proporciona más seguridad jurídica a los empleados y evita requerimientos indebidos.
¿Cómo afecta esto a empresas y trabajadores?
Las empresas deberán tener bien documentados los motivos, fechas y lugares de los desplazamientos que generan dietas. Esto no solo evita conflictos con Hacienda, sino que también protege a los trabajadores de posibles errores o cargas injustas.
Por su parte, los empleados pueden tener la tranquilidad de que, si todo se ha hecho correctamente, no deben preocuparse por justificar estos gastos directamente ante Hacienda.
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