El día 16 de marzo de 2023, el Congreso de los Diputados aprobó el Real Decreto-ley 2/2023, que introduce varios cambios en la Ley General de Seguridad Social.
Entre ellos, el que más destaca es el cambio en la cotización de la media jornada de los trabajadores.
¿Qué modifica? ¿Cómo te afecta si tienes este tipo de contrato? Las respuestas a esas preguntas, las encontrarás en este artículo.
¡Empezamos!
¿Qué cambia respecto a la cotización de las pensiones?
El gran cambio respecto al texto anterior se encuentra en el artículo 247, donde se especifican una serie de reglas para acreditar los periodos de cotización, siendo una de ellas “los distintos períodos durante los cuales el trabajador haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial”.
En el nuevo texto, esas reglas se eliminan y por tanto, no se tendrá en cuenta la duración de la jornada, quedando el artículo 247 de la siguiente manera:
“A efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menor se tendrán en cuenta los distintos períodos durante los cuales el trabajador haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos.”.
Es decir que, a partir del 1 de octubre de 2023, un trabajador a tiempo completo y otro a tiempo parcial cotizarán las mismas horas sin importar su jornada.
Los contratos de prácticas también se benefician
Además de todo lo que te hemos contado, otro cambio que introduce la nueva norma es la cotización de los contratos en prácticas.
En concreto, se especifica que los estudiantes que estén contratados con esta modalidad cotizarán igual que un trabajador por cuenta ajena.
¿Y quién se hará cargo de las obligaciones con la Seguridad Social? Depende de si la prácticas son remuneradas o no.
Si lo son, será la entidad que financie la formación. En caso contrario, será la empresas en la que se realizan las prácticas.
¿Cuándo entran en vigor estas modificaciones?
Todo esto que te hemos contado pasa a tener efecto desde el 1 de octubre de 2023.
A partir de ese día, la duración de la jornada laboral dejará de ser un factor que determine las cotizaciones de los trabajadores ya que cada día, sin excepción, computará como una jornada completa para la jubilación sin importar el horario.
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