El mundo de los autónomos está lleno de desafíos, y las fechas límite suelen ser una fuente constante de preocupación.
Sin embargo, hay buenas noticias en el horizonte.
Si eres autónomo o tienes interés en este sector, te animamos a seguir leyendo, ya que se avecinan cambios importantes que podrían aliviar la presión de las fechas límite.
¿Quieres saber de qué hablamos? Te lo contamos a continuación.
Un poco de contexto para entender qué ocurre
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) inicialmente desmintió la posibilidad de extender el plazo para la presentación de datos por parte de afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), que finalizaba el 31 de octubre.
Esta situación generó incertidumbre entre los autónomos, pero finalmente se llegó a un acuerdo que permitirá una extensión del plazo.
La nueva fecha límite
El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migración, José Luis Escrivá, mantuvo una reunión con representantes de Graduados Sociales de España el pasado viernes.
En esta reunión, se alcanzó un acuerdo que cambiará el panorama para los autónomos societarios y otros colectivos que deben cumplir con la obligación de comunicar sus datos.
Según el acuerdo, el plazo para que los autónomos societarios y otros colectivos cumplan con su obligación de comunicar sus datos se extenderá hasta el 31 de marzo de 2024.
¿Cuándo entra en vigor este cambio?
Es importante destacar que, hasta la fecha de publicación de este artículo, el plazo del 31 de octubre sigue vigente.
Aunque se menciona un proyecto de modificación del RD, aún no ha sido publicado oficialmente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Por lo tanto, es esencial estar al tanto de las actualizaciones y cambios en esta normativa.
¿Quiénes están afectados?
Según la disposición transitoria, esta extensión aplica a los trabajadores que, a la fecha de entrada en vigor del RD, estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o sean autónomos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
Esto se aplica específicamente a aquellos trabajadores por cuenta propia incluidos en el grupo primero de cotización.
¿Tienes preguntas? En Contasult te asesoramos
Si necesitas ayuda en cualquier campo relacionado con tu negocio, en Contasult somos especialistas en asesoramiento laboral, fiscal, contable u jurídico-mercantil.
Solo tienes que ponerte en contacto con nosotros, y nuestro equipo te brindará toda la ayuda que necesites.