Calendario Días inhábiles 2017
agenciaadhoc2020-12-14T10:33:57+01:00En el BOE del día 30 de diciembre se ha aprobado el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado [...]
En el BOE del día 30 de diciembre se ha aprobado el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado [...]
Queremos recordarle sus obligaciones fiscales correspondientes a los meses de abril y mayo. Para cualquier duda o consulta nos tiene a su disposición. ABRIL Desde [...]
A partir del 1 de julio de 2025, todos los propietarios de viviendas turísticas en España deberán contar con un Número de Registro Único (NRU) para poder anunciar sus propiedades en plataformas como Airbnb, Booking, Expedia y similares.
Este cambio forma parte de una nueva normativa nacional que busca regular, controlar y profesionalizar el alquiler vacacional en todo el territorio.
El Número de Registro Único es un identificador nacional obligatorio que servirá para:
Unificar el registro de viviendas turísticas en toda España.
Garantizar que los anuncios en plataformas digitales cumplan con la normativa.
Asegurar mayor transparencia y legalidad en el alquiler de corta duración.
🔒 Importante: Sin este número, no podrás anunciar legalmente tu propiedad.
El trámite se realiza online en la sede electrónica del Colegio de Registradores.
Necesitarás certificado digital.
Se deberá presentar documentación actualizada de la propiedad (título, referencia catastral, etc.).
Contar con el NRU no es suficiente. Para alquilar legalmente, también se deben cumplir otras obligaciones clave:
Cada comunidad autónoma exige que la vivienda esté inscrita en su registro de turismo regional.
🔹 Ejemplo: En Andalucía, se requiere estar inscrito en el Registro de Turismo con número VFT.
En algunas zonas es necesario tramitar una licencia municipal o haber presentado una declaración responsable ante el Ayuntamiento.
La vivienda debe cumplir condiciones básicas de habitabilidad, seguridad, mobiliario, etc.
En muchos casos, también se exige compatibilidad urbanística.
Es obligatorio estar dado de alta en Hospederías (Webpol o Guardia Civil) y enviar los datos de los huéspedes conforme a la Ley de Seguridad Ciudadana.
🛑 Multas de hasta 30.000 €
❌ Retirada inmediata de tus anuncios en plataformas digitales
🚫 Posible inhabilitación como alojamiento turístico
Desde Grupo Contasult Asesores podemos ayudarte:
✅ Tramitación del NRU y registros autonómicos
✅ Asesoramiento legal y urbanístico
✅ Gestión integral de tu alojamiento turístico
📩 Contáctanos y evita sanciones. El cambio entra en vigor el 1 de julio de 2025.
Si necesitas ampliar información o recibir un asesoramiento personalizado, no dudes en contactar con nuestros especialistas a través de nuestra página web www.contasult.co